Inscripción en el REA Construcción

Inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas para la construcción

El Registro de Empresas Acreditadas (REA) es un registro administrativo de carácter público en el que tienen que estar inscritas las empresas contratistas o subcontratistas de la contrucción que pretendan intervenir en un proceso de subcontratación en el sectorde la construcción.

La inscripción al registro es única y tiene validez en todo el territorio nacional.

El objetivo del registro es garantizar determinados requisitos de calidad y solvencia de estas empresas, especialmente en el ámbito de la prevención y la calidad de la ocupación.

¿Cómo se hace el trámite?

Para hacer la incripció al registro es necesario que las empresas dispongan de un certificado digital que pueda ser validado por el sistema CatCert.

La solicitud de inscripción se hará rellenando un formulario que figura en el web del Registro de Empresas Acreditadas.

Una vez presentada la solicitud se recibirá, vía telemática, una carta de pago que permitirá efectuar el pago de la tasa.
El plazo para recibir una respuesta de la Administración es de 15 días a contar desde el pago de la tasa.

Una vez comprobado el pago de la taxa, si la documentación es correcta el Departamento de Empresa y Ocupación inscribirá la empresa en el registro y emitirá el certificado correspondiente, con la asignación de un número REA compuesto de once dígitos.
Si la documentación no es correcta, el Departamento de Empresa y Ocupación requerirá al solicitante a fin de que en el plazo de diez días hábiles haga la oportuna subsanación.

Renovaciones: la renovación de la inscripción al registro se tiene que hacer mediante una solicitud presentada dentro de los 6 meses anteriores a la expiración de la validez de la inscripción.

¿Quién lo puede solicitar?

Tienen obligación de inscripción las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para realizar trabajos en una obra deconstrucción.

No se han de incribir en el Registro los autónomos (exceptocuando tengan trabajadores/oras asalariados), ni tampoco los promotores/oras que no sean contratistas.

Documentación

En el primer paso del proceso de la tramitación telemática, se tiene que rellenar el formulario (que incluye la declaración del empresario y la solicitud del trámite) y además hay que adjuntar (escaneada) la documentación necesaria siguiente:

  • Certificado que acredite el sistema de organización preventiva
  • Certificado que acredite la formación de los trabajadores y trabajadoras (nivel directivo y productivo)

La Administración facilita a los dos modelos (orientativos) para la emisión de estos certificados, los cuales deben ser rellenados y firmados por la organización preventiva del empresario.

Los documentos aportan firma manuscrita, por lo cual se tienen que firmar y escanear con el fin de ser anexado a la solicitud de inscripción.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

  • La inscripción es exigible desde el 26 de agosto de 2008.
  • Las solicitudes se pueden tramitar en cualquier momento.

Precio

Solicitud de inscripción: 109,5 euros

Solicitud de renovación: 109,5 euros

Solicitud de variación de datos: 21 euros

Solicitud de cancelación a instancia de parte:  21 euros

Organismo responsable

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